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domingo, 20 de mayo de 2007

Cataluña contará con registros y notarías regionales

La Generalitat ha sido la primera Administración autonómica en asumir competencias ejecutivas en materia de notarios y registradores, pero no será la última. Las reformas estatutarias impulsadas a lo largo de la presente legislatura contemplan igualmente dicha posibilidad.

Registradores y notarios en el Estatut de CataluñaHasta hoy, los notarios y registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes inmuebles constituían un cuerpo funcionarial único, cuya organización y funciones dependían exclusivamente del Estado central. Sin embargo, el pasado 18 de abril, el Ministerio de Justicia firmó una declaración conjunta con la Generalitat para traspasar a Cataluña las competencias que establece el artículo 147 del Estatut en este ámbito.

De este modo, el Ejecutivo catalán podrá convocar, gestionar y resolver, los concursos de provisión de notarios y registradores para cubrir las vacantes pendientes en su territorio. A ello, se une la nueva demarcación notarial y registral por la cual se han incrementado el número de plazas y que fue aprobada por el Gobierno el pasado 9 de febrero a través de un Real Decreto, cuya ejecución también será realizada por la Generalitat.

Por otro lado, ambas administraciones se han comprometido a desarrollar antes del 30 de julio, una nueva normativa para que Cataluña pueda ejercer plenamente el resto de competencias que establece el Estatut en materia de registros y notariado:

- Convocar y resolver oposiciones.
- Participar en la elaboración de los programas de acceso a dichos cuerpos, a los efectos de acreditar el conocimiento del derecho catalán, así como la lengua.
- Establecer las correspondientes demarcaciones.
- Nombrar a los notarios archiveros de protocolos de distrito y guardia y custodia de los libros de contaduría de hipotecas.

Este proceso de descentralización está generando incertidumbre y preocupación en una parte de este sector funcionarial, ante las dudas que alberga la puesta en práctica de esta reforma. Así, es posible que la Generalitat exija un segundo examen a posteriori de haber aprobado la oposición para verificar el adecuado conocimiento del catalán. Además, el que la Generalitat pueda convocar oposiciones podría suponer, en la práctica, la ruptura del cuerpo. Así pues, los detalles del acuerdo final aún están por ver.

Sin embargo, la regulación específica que apruebe el Gobierno para establecer este procedimiento selectivo descentralizado en Cataluña, servirá de ejemplo para el resto de autonomías, ya que todas las reformas estatutarias impulsadas en la presente legislatura contemplan, igualmente, competencias específicas en el ámbito de registradores y notarios.

Además, éstos no serán los únicos colectivos que se verán afectados por los nuevos textos autonómicos. El Estatut, junto a las reformas de Canarias, Andalucía y Aragón, reconocen competencias exclusivas de los gobiernos regionales sobre todos colegios profesionales (arquitectos, médicos, abogados, farmacéuticos, etc).

Fuente: Expansión.

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